COMPROMISO INSTITUCIONAL PARA SALVAGUARDAR A LAS PERSONAS BENEFICIARAS DE NUESTROS PROYECTOS
En Organización Comunitaria por la Paz, A.C. (OCUPA), fundamentamos nuestra labor en la convicción de que la paz y la prevención de las violencias se construyen ampliando el acceso a los derechos humanos y fortaleciendo los entornos comunitarios bajo una pedagogía de los cuidados.
Reconocemos que el trabajo directo con comunidades vulnerables, y de manera
prioritaria con adolescentes en entornos de alta incidencia delictiva, nos impone
responsabilidad ética y legal.
OCUPA declara un compromiso de tolerancia cero frente a cualquier forma de abuso, maltrato, explotación, negligencia o discriminación hacia las personas beneficiarias, con especial énfasis en niñas, niños, adolescentes (NNA) y poblaciones en situación de vulnerabilidad o en procesos de reinserción social.
El bienestar, la seguridad y la dignidad de las personas son el eje central de
todas nuestras intervenciones.
OBJETIVO Y ALCANCE DEL PRESENTE DOCUMENTO
• Objetivo: Establecer las pautas obligatorias de comportamiento, los principios de protección, las medidas de prevención de riesgos y los canales institucionales para garantizar entornos seguros y libres de violencia en todas las actividades de la organización.
• Alcance: Esta política es de aplicación estricta y obligatoria para todas las personas operativas, administrativas, coordinadoras, personal directivo, prestadores de servicios profesionales, consultoras externas, voluntarias, talleristas y aliadas estratégicas que colaboren en nombre de OCUPA de forma permanente u ocasional.
DEFINICIONES CLAVE
Para efectos de la presente política, se entenderá por:
• Salvaguarda: El conjunto de medidas preventivas y reactivas orientadas a garantizar que el personal, los programas y las operaciones de la organización no causen daño a los beneficiarios ni los expongan a riesgos de abuso o explotación.
• Niñas, Niños y Adolescentes (NNA): Toda persona menor de 18 años, de conformidad con la legislación mexicana.
• Personas Adultas Vulnerables: Personas que, debido a su contexto social, económico, de salud mental, situación de abandono, antecedentes penales o procesos de reinserción social, se encuentran en una posición de asimetría o desventaja que incrementa el riesgo de sufrir vulneraciones a sus derechos.
• Abuso y Maltrato: Toda acción u omisión intencional que cause daño físico, psicológico, emocional, sexual o económico a una persona, haciendo uso de una posición de poder o autoridad.
PRINCIPIOS RECTORES
Toda actividad o intervención diseñada e implementada por la organización se regirá por los siguientes principios:
• Interés Superior de la Niñez: Eje prioritario en el diseño de cualquier proyecto que involucre de forma directa o indirecta a niños, niñas y adolescentes.
• Perspectiva de Género y Nuevas Masculinidades: El rechazo activo a dinámicas patriarcales o punitivas que perpetúen la violencia, promoviendo espacios de responsabilidad afectiva e igualdad.
• Acción sin Daño: Asegurar que las actividades comunitarias o artísticas no generen un riesgo secundario o imprevisto para los participantes.
• Confidencialidad Absoluta: Toda información, reporte o sospecha relacionada con la salvaguarda será manejada bajo un estricto protocolo de privacidad para proteger la identidad de las posibles víctimas.
CÓDIGO DE CONDUCTA (PAUTAS DE COMPORTAMIENTO)
Toda persona colaboradora vinculado a los proyectos de OCUPA debe cumplir con
las siguientes directrices:
A. Conductas Obligatorias (Qué se debe hacer):
• Fomentar un trato digno, empático, respetuoso e igualitario hacia todas y todos los jóvenes y beneficiarios.
• Realizar las sesiones, talleres y tutorías en espacios visibles, comunitarios o abiertos, evitando dinámicas de aislamiento uno a uno a puerta cerrada con adolescentes.
• Utilizar un lenguaje adecuado, constructivo, libre de estigmas y con una perspectiva pedagógica de cuidados.
• Mantener límites profesionales e institucionales claros y visibles en todo momento con los adolescentes del proyecto.
• Reportar de inmediato a través de los canales internos cualquier comportamiento sospechoso o indicador de alerta de maltrato en los beneficiarios.
