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  • Foto del escritorPaola Zavala

Si la prisión preventiva oficiosa no, ¿qué sí?

Ante un sistema incapaz de investigar los delitos, la tortura y la siembra de pruebas han sido herramientas para intentar demostrar un cruel y falso éxito; esta justicia simulada debe detenerse


La reciente resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación sobre prisión preventiva oficiosa ha puesto en la mira social realidades que se esconden en la cárcel:


“Yo estuve interno en Oaxaca. Un día, unos hombres me subieron a un Tsuru blanco, no era patrulla, pero ellos decían ser policías y lo eran, porque me trasladaron a la Ciudad Judicial. El traslado duro mucho rato, me estuvieron dando vueltas por carreteras del Estado. Durante ese tiempo me pegaban constantemente en el estómago, en la espalda, en la cabeza, me preguntaban por un dinero, mientras que yo no podía entender lo que estaba pasando. Me dijeron que tenía una denuncia por robo y aseguraban que yo había amenazado a unas personas, me decían: ‘tienes que acordarte’. Hablaban de cantidades y nombres como para que me los aprendiera. Luego, sacaron mi cartera, se quedaron con el dinero, vieron mi credencial de elector y decían que iban a quemar mi casa con mi familia adentro. Tuve mucho dolor, angustia y sed.


Llegamos a un edificio con muchos cristales. Ahí me llevaron a un sótano, me amarraron a una silla y me siguieron golpeando, era la Ciudad Judicial. El peor momento fue cuando el abogado me dijo que lo mejor para mí era que me declarara culpable. Me negué, pero de igual manera me mandaron a la cárcel en lo que me dictaban sentencia.


No sé cómo sean otras cárceles, pero en la que yo estuve en Oaxaca es el infierno. Cuando llegué me desnudaron en un cuarto que estaba lleno de vómitos y orines. Después me asignaron una celda atiborrada de hombres. Todos eran indígenas de distintas comunidades, no podíamos comunicarnos entre nosotros, nadie hablaba. Uno de ellos me prestó una cobija llena de chinches, yo la usé para evitar que las cucarachas me caminaran encima. Pasaron varios días sin que pudiera hacer ni una llamada. Mi familia desesperada me buscaba como desaparecido.

Tuve suerte porque hablo español y estudié una licenciatura. Conseguí los códigos y me defendí yo solo” A.


Casos como este son aterradoramente comunes en México, donde actualmente hay 95.213 personas en la cárcel sin sentencia, es decir, 43% de las personas privadas de su libertad son jurídicamente inocentes. La mayoría pobres acusados por robo. Aunque la resolución de la Corte versa sobre la prisión preventiva oficiosa en los delitos de contrabando, defraudación fiscal y facturación falsa, abre la puerta para que se revise a fondo. ¿De qué nos ha servido y qué consecuencias ha tenido esa medida?

La prisión preventiva oficiosa fue pensada como una medida cautelar que obliga a los jueces a encerrar a los probables responsables de delitos sumamente graves con tres objetivos fundamentales: proteger a las víctimas, evitar la corrupción e impedir que la persona imputada se escape. Esta medida es una excepción a la presunción de inocencia que se volvió la regla.


En primer lugar, hay que decir que la prisión preventiva oficiosa sirve a la clase política como salida fácil ante una problemática social, dando la impresión a la ciudadanía de que están resolviendo el asunto prometiendo cárcel. La cuestión es que son muchas las problemáticas sociales y el catálogo de delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa es lo suficientemente grande como para no distinguir prioridades: cuando todos los delitos son graves, ninguno lo es.


Por otro lado, justifica la incapacidad de las fiscalías para investigar, acusar y obtener sentencias condenatorias. “Encierra y después averiguas” es la permisividad que les da a las autoridades esta figura constitucional.


Y como las autoridades necesitan culpables, los fabrican fácilmente. La diferencia entre culpables o inocentes no radica en investigaciones y pruebas sino en dinero e influencia política.


Si la prisión preventiva oficiosa no es la vía, ¿qué alternativas hay?

  • Cambiar en la Constitución el concepto de prisión preventiva oficiosa por medida cautelar oficiosa. Actualmente, hay otras 14 medidas cautelares como el localizador electrónico, el retiro de pasaporte, congelamientos de cuentas, prisión domiciliaria, entre otras, que podrían cumplir con los mismos objetivos: impedir la corrupción, proteger a la víctima y evitar la fuga.

  • Fortalecer las capacidades estatales para que el otorgamiento de medidas cautelares diversas a la prisión no dependa de los recursos económicos de la persona acusada, por ejemplo: los localizadores electrónicos tienen que comprarlos o rentarlos las personas imputadas, de tal manera que sólo quienes tienen recursos pueden acceder a esta medida. La compra de estos artículos sale más barata para el Estado en términos económicos y sociales que mantener a las personas en prisión.

  • Adelgazar considerablemente el catálogo de delitos que ameritan este tipo de medidas, que los delitos graves vuelvan a ser graves y que los jueces recuperen la potestad de imponer excepcionalmente —si las circunstancias lo ameritan— la prisión preventiva justificada.

  • Que el Poder Judicial aumente considerablemente el número de abogados de oficio, asesores victimales y jueces del sistema penal.

  • Apostar por sanciones diversas a la prisión empezando por los delitos patrimoniales, privilegiando la reparación del daño y la no repetición.

En un país con un nivel de impunidad del 94,8% el argumento de que la cárcel sirve para disuadir el crimen es insostenible. Ante un sistema incapaz de investigar, la tortura y la siembra de pruebas han sido herramientas para intentar demostrar un cruel y falso éxito. Esta justicia simulada debe detenerse.


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